Condenaron a "Casi Ángeles" por utilizar la imagen de una niña viva simulando su muerte

Un fallo sentenció a la productora de la ficción y el canal que transmitía la novela al pago de una importante suma de dinero por daños y perjuicios.

La Justicia confirmó la sentencia contra Medios y Contenidos Producciones S.A., Cris Morena Group S.A., y Televisión Federal SA. Telefé, por 41 mil pesos (más intereses y costas del juicio), por daños y perjuicios que provocó la ficción a una niña por el uso de su fotografía dentro del decorado de la novela juvenil "Casi Ángeles" que daba cuenta del "deceso de un personaje con su imagen dentro de la tira televisiva".

Según explicaron los padres de la niña  "ella participó de un casting en el que se le tomaron fotos para integrar el elenco" pero "nunca fueron avisados ni consultados por su utilización; por lo que la inesperada imagen de la foto de una niña muerta presentada con su imagen, no solo le causó terror a la menor cuando la observó, sino que entendió que se encontraba truncada la esperanza de pertenecer al programa".

Además, la menor recibió burlas de sus compañeras de grado y, en consecuencia, pidieron un resarcimiento por el daño patrimonial en razón del uso indebido de la imagen de la niña, más el daño moral por la situación vivida. 

"La imagen de la niña fue seleccionada por la productora, por lo que el Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo y Afines de la República Argentina (SUTEP) debió ponerse en contacto con sus representantes, y luego debió pagarse por el uso de la imagen. Que la persona encargada de su liquidación, omitió notificar a los padres para el pago de la tarifa que era de $200 a esa fecha", indicó el fallo de primera instancia.

De esta manera, el juez de grado responsabilizó a "la productora de los daños ocasionados junto al canal de televisión, quien lucró con el programa, sin arbitrar los medios adecuados para asegurarse que el contenido no lesionara los derechos de la menor, en tanto el Convenio celebrado entre la productora con el canal resulta inoponible a la accionante".

  

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